lunes, julio 17, 2006

Aquí la respuesta de AI

El artículo mío en http://editorial.elmercurio.com/archives/2006/07/tribunal_penal.asp

La respuesta de AI en http://www.amnistia.cl/ y en "el mercurio" de 8 de julio de 2006

Tribunal Penal Internacional: Sí, por favor!


En la página A-2 de “El Mercurio” de 6 de julio, se publica un artículo que su autor, Marcelo Brunet Bruce, tituló “Tribunal Penal Internacional? No, gracias”, donde manifiesta su oposición al TPI y califica la eventual ratificación del “Estatuto de Roma”, como “un error grave para Chile”. Le responde Leonardo Aravena A., Coordinador de Justicia Internacional, de AI Chile.

Como somos mayoría los que estamos por la ratificación, habiéndose aprobado ya, por unanimidad, en Comisión en el Senado la reforma constitucional requerida al efecto, es importante precisar algunos conceptos del Sr. Brunet reñidos con la realidad, con la verdad y con el texto del tratado.

Sostiene el articulista que “el tratado no asegura igual justicia para todos” por cuanto la competencia de la Corte estaría limitada para los Estados Parte, a los delitos ocurridos en otro Estado Parte o cuando los supuestos agresores sean nacionales de un Estado Parte, quedando exceptuados “los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (o sea, China, EE.UU., Rusia, Reino Unido y Francia), pues, según el artículo 13 del TPI, ellos no necesitan ser parte del tratado para requerir su intervención”.

Basta leer el artículo 13 del Estatuto y comprobar que la situación es la inversa, ya que la norma señala que la Corte podrá ejercer su competencia no quedan-do limitada la intervención de ningún Estado Parte, sino que se amplía la facul-tad de iniciar investigaciones al Consejo de Seguridad y al Fiscal, de oficio. La confusión del articulista parece surgir del texto del artículo 4º del Estatuto, en cuanto señala en su numeral segundo, que “La Corte podrá ejercer sus funcio-nes y atribuciones de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto en el territorio de cualquier Estado Parte y, por acuerdo especial, en el territorio de cualquier otro Estado”, lo que resulta lógico, ya que el TPI no podría actuar respecto de hechos cometidos en el territorio de un Estado que no reconoce su jurisdicción, sea o no miembro del Consejo de Seguridad. Por su parte, los ciudadanos que cometan crímenes de competencia de la CPI no quedan impunes aunque el Estado al que pertenecen y por el que actúan, no sea un Estado Parte. Pueden y deben ser perseguidos.

Esta norma es la que hace más importante la adhesión a la Corte, sin excepcio-nes, para que no quede lugar en la que los violadores actúen con impunidad. Es también la norma en que se basan los detractores para no adherir, porque siendo o pudiendo ser sus nacionales infractores graves, al servicio de países poderosos, al integrarse a la CPI pretenden evitar que ésta los juzgue.

La CPI no “generará impunidad” como se afirma, sino todo lo contrario. Hoy existe impunidad aprovechada por los poderosos, que terminará el día que la Corte tenga el reconocimiento de todos y pueda juzgarlos a todos, sin excepcio-nes, como pretendemos “quienes creemos en principios elementales de justicia, de igualdad ante la ley, de seguridad jurídica y, en definitiva, en que la ley existe para proteger a los pequeños respecto de los abusos de los poderosos”.

Contra esta impunidad existente ha sido establecida la CPI, en el intento más serio de terminarla. Los violadores de los Derechos Humanos no apoyan la acción de la CPI porque afectaría sus actos prohibidos. Por algo amenazan con severas sanciones a los que adhieren, temerosos de tener que responder por sus atrocidades. No adherir equivale a aceptar la situación de impunidad que ha existido y existe en el mundo, siendo cosa diaria que los violadores actúen en forma salvaje y queden impunes. Mantener esa situación de fuerza, de poder y de impunidad es lo que se persigue al no aceptar cambios radicales ni la espe-ranza de terminar con los abusos. Si no violamos los Derechos Humanos ni tenemos tropas que los violen en nuestro país o en territorios extranjeros ¿Qué podemos temer de la CPI? ¿Quiénes si que deben temer a la CPI?

El artículo en comento señala también que “sin duda que las normas del TPI se aplicarán con el máximo rigor para los ciudadanos de Camboya, Mozambique, Liberia, El Salvador, Argelia, Ruanda o Chile, si es que nuestro país aprueba el tratado. ¿Y qué ocurrirá cuando los agresores sean ciudadanos de países poderosos que no ratifiquen el TPI? La respuesta es simple: nada”. Error, por cuanto esos ciudadanos podrán ser juzgados por la Corte si cometen sus atrocidades en los territorios de los Estados Parte, los que quedan de esta manera protegidos, si no son exceptua-dos por tratados bilaterales impuestos con amenazas, como los suscritos por EE. UU. para eximir a sus ciudadanos. Ninguno de los otros países mencionados tiene nada que temer si no viola los Derechos Fundamentales, incluido Chile y, por el contrario, se verán protegidos al integrarse a la CPI. Las razones de algunos poderosos para no adherir quedan a la vista: conscientes de que por aplicación de sus políticas internacionales violan los Derechos Humanos en terri-torios que no son los suyos, no quieren que sus efectivos vean frenada su bru-talidad por el hecho de poder ser juzgados. Por eso buscan la impunidad para ellos y no se comprometen a lo más simple, no violar derechos de nadie, con el agravante que tampoco ponen freno a sus desmanes.

El camino para implantar la justicia es duro. Serán necesarias reformas en la legislación nacional para lograr la complementariedad y la subsidiaridad de la acción de la CPI con relación a los tribunales de sus Estados Parte, para que aquella actúe cuando éstos no lo hagan o su acción sea nada más que una burla, como suele suceder con demasiada frecuencia. Pronto los 100 Estados Parte se multiplicarán y las amenazas de los poderosos, cuyas acciones hoy quedan impunes, serán debidamente castigadas por la CPI. Prueba de ello es que la oposición ya empieza a debilitarse, desde el momento que EE UU ha “ablandado” las sanciones a los Países que adhieren (caso de Ecuador y otros) y que su Embajador y nuestras autoridades ya afirman que en el caso de Chile, no habrá sanciones si ratificamos.

Para debatirlo...

Si les interesa, lo publicaron en "El Mercurio". Hay réplica de Amnesty INternational

¿TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL? NO, GRACIAS.

Marcelo Brunet Bruce
Abogado. Profesor de Derecho Constitucional PUC y UNAB

La ratificación del Tribunal Penal Internacional (TPI) sería un error grave para Chile. Quienes creemos en principios elementales de justicia, de igualdad ante la ley, de seguridad jurídica y, en definitiva, en que la ley existe para proteger a los pequeños respecto de los abusos de los poderosos, no podemos favorecer su aprobación.

¿Por qué asumir una postura tan políticamente incorrecta? Porque, si bien el espíritu del TPI es humanista, fundado en el principio razonable de que los crímenes contra la humanidad o de guerra no queden impunes y de que la existencia de un tribunal permanente evitaría la impunidad de aquellos, no queda claro que el resultado propuesto a ratificación sea consecuente con tales nobles ideales.

En primer lugar, el Tratado no asegura igual justicia para todos. Ello por cuanto los estados-parte pueden solicitar la intervención de la Corte sólo cuando los delitos hayan ocurrido en otro estado-parte o cuando los supuestos agresores sean nacionales de un estado-parte. Sin embargo, se exceptúan de aquello los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (o sea China, EEUU, Rusia, Reino Unido y Francia), pues según el artículo 13 del Tratado ellos no necesitan ser parte del tratado para requerir su intervención, pues, a través del señalado Consejo, pueden solicitar la intervención de la Corte en cualquier estado, siendo o no miembro del estatuto.

Dicho de otro modo, los Miembros Permanentes que no han ratificado, a diferencia de los demás, son impunes de lo que ocurra en sus fronteras o de lo que ocurra a sus ciudadanos, ya que no son parte del Tratado. Pero sí pueden exigir que se investigara lo ocurrido en cualquier otro lugar. Así las cosas, sin duda que las normas del TPI se aplicarán con el máximo rigor para los ciudadanos de Camboya, Mozambique, Liberia, El Salvador, Argelia, Rwanda o Chile, si es que nuestro país aprueba el Tratado. ¿Y qué ocurrirá cuando los agresores sean ciudadanos de países poderosos que no ratifiquen el TPI? La respuesta es simple: nada.

Esto no es una mera especulación. Ni Estados Unidos, la Federación Rusa ni China han suscrito el Tratado. Las razones de aquello son más que comprensibles. Y Gran Bretaña y Francia ya declararon en la negociación del TPI que no estaban dispuestos a aceptar que se les aplicara el Estatuto. Así, es evidente que la Corte Internacional generará impunidad para ciudadanos de países poderosos y justicia rígida para nacionales de países débiles con reglas diversas.

En segundo término, existen delitos de competencia del TPI que afectan principios básicos de la determinación del delito, consagrados en cualquier constitución moderna. Así, el detalle de en qué consiste jurídicamente el delito de agresión sólo se determinará en caso que se apruebe el Tratado de la Corte. En el caso de los crímenes de lesa humanidad la situación es más antijurídica aún, pues su tipificación quedó indeterminada en el Tratado.

Asimismo, hay motivos suficientes para suponer que dicho tratado es inconstitucional. Por lo pronto, así lo señaló el Tribunal Constitucional en Sentencia de 8 de abril de 2002, Rol Nº 346) en que declaró que “para que (…) sea un tribunal establecido para juzgar delitos cometidos en Chile, debe incorporarse al sistema interno mediante una adecuación constitucional”, la cual no se ha producido a la fecha. Asimismo, y aún de producirse tal reforma, al ser la soberanía un atributo irrenunciable del Estado, por el cual puede juzgar a quienes viven o están de paso por Chile, no es posible pretender que las funciones por las que se manifiesta tal función del Estado puedan ser renunciadas o enajenadas.

No parece tener sentido ratificar una muy bien intencionada pero inconstitucional norma cuyos perjuicios, lejos de generar efectos humanitarios, podrían crear una nueva herramienta para los poderosos contra los pequeños, fundando una justicia de países de primera clase y otra para los de segundo o tercer nivel.

miércoles, abril 05, 2006

Mar para Bolivia?

Qué lindo sería que los bolivianos tengamos playas, qué bueno sería un fin de semana viajar allá y con mucha dignidad y soberanía dejar nuestras penas y alegrías”, demandaba Evo Morales en el discurso del Día del Mar Boliviano. El destino ha hecho que nuestro océano –llamado paradojalmente Pacífico- haya sido y siga siendo fuente de tanto conflicto con el vecino país
Sin pretender utilizar argumentos nacionalistas, hay razones para pensar que ninguna concesión chilena en la materia resolvería gran cosa. Al contrario, cualquier gesto distinto al de nuestra posición histórica pudiera solo generar mayores desavenencias en el futuro con Bolivia.
Por cierto, la reivindicación boliviana no dice relación con el acceso al mar, que el Tratado de 1904 señala en su artículo sexto que: “la República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”. Pero, evidentemente, ello no bastó.
Porque la paradoja del tema que los bolivianos denominan “la problemática del mar” es que aquel no se resuelve sólo con mar. Nuestros vecinos no estarán jamás conformes con lo que nos demandan, y sus problemas seguirían exactamente igual al día siguiente de que Chile les hubiere entregado soberanía marítima, y al subsiguiente, y al año y al siglo después.
Ello dice relación con un asunto difícil de entender desde nuestra frontera, dada su naturaleza subjetiva. Las expectativas desmedidas que los propios bolivianos han generado respecto de una eventual salida al mar, sin duda sobrepasan con creces el tamaño del Océano.
Es ahí donde nace el problema: para Bolivia, el mar no es solo una reivindicación patriótica: el Pacífico, para ellos, es símbolo de desarrollo, de progreso económico, en síntesis, la razón por la que –para ellos- su pueblo es inmensamente pobre y el nuestro, injustamente rico. La prensa local habla del “el injusto enclaustramiento al que es sometido Bolivia” (Jornada); y que “Bolivia clama justicia para volver al Pacífico” (El Diario). ¿Puede ser el mar causa de tanto adjetivo?
Tal emotividad sólo se entiende haciendo el ejercicio de reemplazar la palabra “mar” por la de “desarrollo”, que parecieran ser sinónimas en el lenguaje boliviano Sin duda, para ellos lo ignominioso, lo injusto, lo abusivo, es que nuestro país haya alcanzado un crecimiento superior al de ellos y que los bolivianos atribuyen–correcta o erróneamente- al mar.
Así, cualquier alternativa que ofrezca Chile, salvo garantizarles desarrollo y crecimiento económico garantizado a los bolivianos -cosa lejana a nuestras posibilidades- siempre será insuficiente. Porque ante sus ojos nosotros somos los responsables de lo que les pasa.
Es que no es verdad que los 42 países mediterráneos que existen en el mundo sean todos pobres, ni es casualidad, por otro lado, que Bolivia se encuentre dentro de los que 30 menos desarrollados y más pobres del planeta. No es la falta de mar la que ha hecho que Bolivia haya tenido 91 presidentes en 181 años de vida independiente, uno cada dos años. No es culpa de la carencia oceánica que Bolivia ocupe el lugar 117 entre 159 países en índices de corrupción. No es la falta de mar lo que ha hecho que los bolivianos hayan hecho mal las cosas, como las hizo Chile durante años, hasta 1973.
Un prestigioso escritor boliviano Edmundo Paz Soldán, afirma que “Es cierto que nuestro desarrollo como nación pudo haber sido otro si no hubiéramos perdido nuestra salida soberana al Pacífico. Pero también es cierto que a veces hemos utilizado ese argumento como una excusa para justificar nuestro atraso. ¿Chile es el único culpable de todas nuestras desgracias? No lo creo. Los culpables principales son la gran mayoría de nuestros gobernantes, que, entre muchos otros de sus grandes errores, han manejado este asunto demagógicamente”
Hasta que Bolivia se de cuenta que su porvenir no proviene del mar, sino de sus políticas públicas, de la liberalización de sus mercados, de creer en la libertad de empresa, no podrá liberarse del subdesarrollo y de la pobreza.

lunes, marzo 13, 2006

como redactar un ensayo

Escribir bien es importante en el ámbito académico, cultural, personal y profesional. Normalmente nadie enseña cómo hacerlo, y estas líneas no pretenden tal objetivo a cabalidad. Sin embargo, éstas son unas mínimas recomendaciones acerca de cómo transmitir las ideas a un texto en forma inteligente, que pueden ser aplicadas a los ensayos universitarios.

1. PENSAR ANTES DE ESCRIBIR:

Recomendamos algunos aspectos previos a escribir un texto que supongan tener comprensión de lo que se pretende escribir.

a) Selección del tema. Si bien el ensayista tiene la facultad de expresar sus opiniones sobre el tema en cuestión, nadie puede hablar de lo que no sabe, por lo que resulta totalmente necesario que el tema elegido sea investigado mediante la lectura que permita conocerlo objetivamente, antes de pensar en su redacción.
b) Búsqueda de información. Una vez determinado el tema, se busca la información necesaria. Se recomienda elaborar un cuestionario y responderlo considerando los conocimientos previos, así como la consulta de fuentes bibliográficas, hemerográficas y de cualquier otro tipo al alcance del ensayista. Para ello se deben utilizar los conocimientos previos y la información recabada; buscar respuestas en las fuentes de información que estén al alcance: artículos de otras revistas, libros de texto, enciclopedias, resúmenes, otras revistas, videos, periódicos, material en línea, maestros, etc.
c) Una vez definido el tema es necesario especificar objetivos respecto de este: ¿Qué quiero lograr con mi ensayo? ¿Qué quiero decir? Preguntar todo lo que se pueda acerca del tema: ¿Qué aspectos voy a considerar? Respecto al tema o fenómeno a estudiar: ¿Qué es? ¿Cómo es? ¿Para qué sirve? ¿Dónde se da? ¿Cómo? ¿Por qué? ¿Qué o quiénes intervienen en él? ¿Qué pasaría si no existiera? ¿De qué manera afecta a mi comunidad?, etc. Todo depende de la naturaleza del tema, de los aspectos que interesen a quien escribe y de los objetivos que se hayan definido para el trabajo, es decir, cada alumno puede elegir libremente qué aspectos desarrollar.
d) Organización. Para organizar debidamente las ideas, lo primero es decidir qué es lo que interesa decir, y cómo hacerlo. En función de qué y cómo. Se realiza un plan o bosquejo que visualice la estructura deseada. Es necesario plantearse claramente un objetivo de desarrollo y no perderlo de vista, pues de ello depende también la forma de organización de las ideas. Es conveniente en esta fase elegir un título que esté de acuerdo con el tema que se va a desarrollar. Además de que todos los ensayos deben ser titulados, esto permitiría no apartarse de la idea principal.

2. ESCRIBIR DESPUÉS DE PENSAR.

Una vez que se sabe qué escribir, debe ponerse en práctica un sistema que permita transformar las ideas en un buen texto. Así, las principales características de un buen ensayo son las siguientes:

· Breve: que no le falte ni le sobre nada. No es tan fácil ser breve. Un ensayo no va más allá de 4 ó 5 hojas tamaño carta, a máquina o en computadora, a doble espacio, por un solo lado.
· Unitario: debe versar sobre un solo tema, sin abordar otros. Es como un solo capítulo, todo seguido.
· Objetivo: debe emplearse un lenguaje impersonal, objetivo, científico, técnico. No utilizar el lenguaje coloquial, ni el literario ni el periodístico.
· Personal: debe ser el resultado de todo un proceso personal, además de incursionar en las propuestas individuales acerca de determinado tema. El plagio al escribir siempre es despreciado académicamente, y la comunidad científica generalmente no es tan grande como para no percibir las copias y la falta de originalidad.

¿Cómo organizar un buen texto? La estructura de un ensayo, por su parte, tiene una parte interna, consistente en lo que debe contener un ensayo, y otra externa, o sea la forma que debe representar el trabajo. En cuanto a la Estructura interna, en el desarrollo del tema debe emplearse un 60% de síntesis, o sea, las ideas de los autores pero expresadas con las palabras de uno mismo; un 20% de resumen, o sea, textos o frases de los autores, copiados al pie de la letra, entrecomillados y con la referencia bibliográfica al pie de página; y un 20% de comentario, o sea, las aportaciones, las propuestas, las reflexiones, las críticas personales.

La Estructura externa la estructuraremos de la siguiente forma:
a) Hoja de entrada: es la hoja de presentación del ensayo y en la que deben ir los siguientes rubros: Institución, asignatura, título o tema del ensayo, autor, lugar y fecha. Todo distribuido en toda la hoja con letras mayúsculas. Cuando se publique el ensayo no lleva esta página. Iniciaría, entonces, con el título y el nombre del autor.
b) La Introducción: es el 10% del ensayo y abarca más o menos media hoja. Está compuesta de tres partes, un párrafo para cada una de ellas. La justificación de por qué se escogió el tema del ensayo y por qué se elaboró el mismo. El contenido del ensayo, o sea, de qué trata. Y finalmente las limitaciones que se tuvieron para realizarlo.
c) El desarrollo: constituye el 80% del ensayo; abarca más o menos de 4 a 5 páginas. En él va todo el tema desarrollado, utilizando la estructura interna: 60% de síntesis, 20% de resumen y 20% de comentario.
d) Las conclusiones: contemplan el otro 10% del ensayo, alrededor de media página. En ellas se expresa la relevancia del tema, la importancia, la manera de llevar a cabo las recomendaciones o aportaciones.
e) Se añade a la estructura externa la bibliografía, las fuentes en las que se fundamentó el ensayo, en orden alfabético, iniciando por el apellido del autor, con mayúsculas, el nombre con minúsculas, el título subrayado, la editorial y la fecha de impresión.
f) Todas las partes de la estructura externa van seguidas como si se tratase de un solo capítulo o de un solo artículo. No es necesario que lleve el nombre de cada parte: introducción, desarrollo y conclusiones. Se entiende que el contenido determina la separación de cada parte.
g) Tras escribir el texto parece prudente que éste sea leído de nuevo -o pedir que alguien lo lea- con cuidado para revisar sintaxis, vocabulario y ortografía. Si se repite mucho una palabra o construcción, debe sustituirse con otra equivalente; cuando sea necesario, hay que volver a redactar la o las partes con más errores. Siempre es conveniente asegurarse de emplear nexos y frases de enlace debidos en cada párrafo, y que la puntuación ayude a seguir el orden de las ideas.

3. RESUMEN ESQUEMÁTICO.

La Universidad de Valencia
[1] recomienda a sus alumnos el siguiente esquema de cómo escribir un ensayo, que incluimos como uno de los tantos métodos de desarrollo de ensayos:

Los preliminares
1. Elige un tema
2. Comienza a leer el material preliminar
3. Restringe el tema
4. Desarrolla una frase clave preliminar
Recopilar información
1. Compila la bibliografía a usar
2. Prepara las tarjetas bibliográficas de forma correcta (tarjetas de 3" x 5")
3. Comienza trabajo en profundidad en la librería; asegúrate de:
a. bibliografías generales
b. bibliografías compartidas
c. índices (libros y recopilaciones, literatura en periódicos, índices de diarios, índices de panfletos)
d. catalogo electrónico de la librería
Tomar notas
1. Desarrollar guión preliminar
2. Evaluar tus fuentes; ¿que material es primario o secundario?
3. Empieza a anotar en tarjetas de (4" x 6")
4. Evita el plagio
Escribir el ensayo
1. Desarrollar el guión final; compruébalo
2. Prepárate a escribir:
a. pon tus tarjetas de notas en el mismo orden que tu guión
b. considera a tus lectores (reales e imaginarios) y como sus anhelos pueden afectar tu tono y estilo
3. Escribe el borrador
4. Comprueba tu documentación con cuidado
5. Revisa y vuelve a escribirlo
6. Comprueba el formato del texto, citas, notas y bibliografía
7. Revisa una vez más lo escrito.

[1] La mayor parte de este método está sacado del estudio de James D. LESTER en Writing Research Papers: A Complete Guide, 2nd ed. (1971; rpt. Glenview, Illinois: Scott, Foresman, 1976).